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¿Cumples las 4 obligaciones legales con tu empleada de hogar?

Tener a alguien trabajando en tu casa —limpieza, cuidado de un familiar o niñera— implica 4 obligaciones: contrato por escrito, alta y nómina con el SMI 2026, prevención de riesgos laborales y, pronto, registro de jornada. Responde 7 preguntas y descubre en cuál estás en regla, el riesgo real de cada una (con cifra y fuente) y qué hacer ahora mismo.

Pregunta 1 de 7

¿Tienes actualmente a alguien empleado en tu hogar (limpieza, cuidado, niñera) de forma habitual?

Contrato por escrito

Desde la reforma de 2022, el contrato de tu empleada de hogar debe ser por escrito con independencia de las horas semanales o la duración. Sin él se presume la relación indefinida y a jornada completa (art. 5 del RD 1620/2011), lo que puede complicarte un despido o un cambio de condiciones más adelante.

Alta y nómina con el SMI 2026

El alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar es gratuita y se hace en Import@ss antes de la primera hora trabajada. No hacerla es infracción grave —LISOS, art. 22.2— sancionada con 3.750 € a 12.000 € por trabajadora. La nómina debe respetar el SMI 2026: 1.221 €/mes en 14 pagas, o 9,55 €/hora si es por horas sueltas.

Prevención de riesgos laborales

El plazo para hacer la evaluación de riesgos del RD 893/2024 venció el 14 de noviembre de 2025. Se hace gratis con la herramienta oficial Prevención10 y no hacerla es infracción grave, sancionada con hasta 49.180 €.

Registro de jornada

Aún no es obligatorio de forma expresa para el empleo de hogar, pero la sentencia del STJUE C-531/23 y el Real Decreto en tramitación apuntan a que lo será pronto. Adelantarte no te expone a ninguna sanción hoy; te evita ir con prisas cuando cambie la norma, y protege también a tu trabajadora si hay una disputa sobre horas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el diagnóstico?

Dos minutos, 7 preguntas. No hace falta registrarte ni dar el nombre o el NIF de tu empleada de hogar.

¿Se guardan mis respuestas en algún sitio?

No: el diagnóstico se calcula en tu propio navegador. Ninguna respuesta se envía ni se guarda en ningún servidor.

¿Las cifras de sanción son reales?

Sí, proceden de la LISOS (falta de alta), el RD 893/2024 (prevención de riesgos) y el RD 126/2026 (SMI). La Inspección de Trabajo fija la cuantía exacta según el caso; el diagnóstico te da el rango legal aplicable, no una multa concreta ya impuesta.

¿Y si no cumplo alguna obligación?

No pasa nada irreversible: cada resultado te dice qué hacer ahora, con Aukle o sin ella. Casi todo se resuelve en una tarde.

¿Sirve si tengo más de una persona empleada?

Sí, pero responde pensando en la persona con la situación menos regularizada: es la que marca tu riesgo real.

Escrito por Ignacio Noguerol, Fundador de Aukle

Empleador de hogar y creador del motor de nómina de Aukle. Cada cifra de esta guía está contrastada con BOE y Seguridad Social.

Publicado el 1 de agosto de 2026

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